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Noticias

29/03/2010

Subvenciones para la modernización del pequeño y mediano comercio

Finalidad Apoyar las actuaciones de modernización del pequeño y mediano comercio, mediante la incorporación de elementos físicos y/o funcionales que mejoren su potencial de mercado y faciliten una gestión más competitiva.

El comerciante deberá estar localizado en:

  • Áreas comerciales o centros comerciales abiertos entendiendo como tales aquellas calles o zonas comerciales ubicados en los cascos urbanos.
  • Galerías, centros comerciales integrados y mercados minoristas municipales.
  • Áreas rurales.



Modalidad


Subvención a fondo perdido.


Acciones Subvencionables - Cuantía - Requisitos:

La realización de las actuaciones objeto de subvención debe estar comprendida entre el 1 de junio de 2009 y el 31 de mayo de 2010. Las inversiones realizadas deben estar finalizadas y ser operativas al término de este plazo.

No obstante, se admitirán justificantes de pago hasta el día 31 de agosto de 2010, inclusive, siempre que correspondan a pagos de facturas emitidas en el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2009 y el 31 de mayo de 2010.

Las ayudas objeto de esta convocatoria, están acogidas al régimen de "mínimis" siéndoles de aplicación lo establecido en el Reglamento (CE) número 1998/2006 de la Comisión Europea, de 15 de Diciembre (DOCE 28/12/2006) relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE y demás reglamentos sectoriales relativos a dicho régimen que les sean de aplicación.


Líneas de ayuda:

1. Renovación de la imagen del establecimiento comercial , tanto interna como externa en las zonas destinadas exclusivamente a venta y exposición. Quedan excluidas por tanto las oficinas, almacenes y salas de refrigeración, talleres y otros locales dedicados a elaboración o manipulación de productos, aulas, aseos, etc. que no cumplan una función estrictamente comercial.

A tal efecto las facturas justificativas de este tipo de gastos que afecten a más de una zona deberán estar debidamente desglosadas, con el fin de determinar la parte subvencionable de la inversión. En todo caso la inversión mínima de la actuación habrá de superar los 6.000 euros


2. Incorporación de las nuevas tecnologías de la información a la gestión del establecimiento comercial . Esta línea de actuación incluye la implantación de redes informáticas o modificación y ampliación de las existentes así como la puesta en marcha de equipos de redes de Intranet para utilidades de programas de cooperación entre empresas y/o de asociaciones de comerciantes. El gasto mínimo por estos conceptos habrá de superar los 1.200 euros. Se tendrá en cuenta la adecuación entre los equipamientos informáticos adquiridos y las necesidades reales del negocio.


Cuantía máxima de la ayuda:

La cuantía máxima de la subvención a percibir, para cualquiera de las dos líneas, será el 50% del valor de los conceptos subvencionables de la actuación. En este sentido, si se formulan solicitudes para las dos líneas de actuación, cada una se tramitará como un expediente independiente del otro.

En todo caso, ningún beneficiario podrá obtener por estos conceptos una subvención superior a cien mil euros (100.000 euros) ni sobrepasar el anterior porcentaje del 50%.


Beneficiarios

La presente ayuda, va dirigida a personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes legalmente constituidas, que tengan la consideración de pymes comerciales, y que ejerzan la actividad comercial en establecimientos radicados en Asturias.


Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 31 de mayo de 2010.


Información y tramitación Registro de solicitud en:

Registro de la Consejería de Industria y Empleo
Plaza de España, 1 - Bajo
33007 Oviedo
Información y tramitación:

Consejería de Industria y Empleo
Dirección General de Comercio, Autónomos y Economía Social
Servicio de Comercio
Plaza de España, 1 - 1ª planta
33007 Oviedo
Tfno. : 985 106 670
Fax: 985 106 459

Más información y descarga de impresos

 


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